Prensa

10 de Septiembre de 2009

Audiencia Nueva Ley de Radiodifusión

El Secretario General Miguel Ángel Paniagua en la Cámara de Diputados de la Nación. Audiencia Pública para el debate de la Nueva Ley de Medios Audiovisuales.

AUDIENCIA NUEVA LEY DE RADIODIFUSIÓN

El Sindicato Único de Trabajadores del Espectáculo Público SUTEP nació el 23 de octubre de 1953 y esta integrado por las  siguientes ramas de actividad: Radio, Cine, Teatro, Juegos Electrónicos, Parques y Diversiones, Confiterías Bailables, Luna Park, Bingos, Extras de Televisión, Cine y Publicidad, entre otras.

En el orden nacional, SUTEP está afiliada  e integra el Consejo Directivo de la Confederación General del Trabajo (CGT) y es miembro fundador de  la Confederación Sindical de Trabajadores de Medios de la Comunicación Social (COSITMECOS), como así también de CATE (Confederación Argentina de Trabajadores del Espectáculo) y de las 62 Organizaciones Gremiales Peronistas. En el orden internacional, SUTEP se encuentra afiliada y es miembro fundador a nivel continental de PANARTES (Confederación Panamericana de las Artes y el Espectáculo) y a nivel mundial de la UNION NETWORK INTERNATIONAL (UNI).

Formamos parte de la coalición por una Ley de Radiodifusión Democrática, donde con gran esfuerzo pudimos llegar a elaborar los 21 puntos para una radiodifusión democrática, que fueron tomados en cuenta para este proyecto de ley de servicios de comunicación audiovisual por el Poder Ejecutivo Nacional.

PROYECTO DE LEY DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

SUTEP  apoya el proyecto del Poder Ejecutivo Nacional porque contiene puntos que considera fundamentales, que garantizan el libre ejercicio de recibir, difundir e investigar informaciones, desde distintos espacios políticos, sociales y culturales como derecho humano universal.

Entre estos puntos, podemos mencionar:
- La participación del Congreso de la Nación en la conformación de la Autoridad de Aplicación y en la elección de las Autoridades de los Medios Públicos, permitiendo de esta manera la representación de las minorías, democratizando de esta forma la designación de las autoridades. Así también, rescatamos la representación igualitaria de los trabajadores y empresarios en los distintos Consejos que menciona el proyecto.
- Evita la concentración de medios, cuestión que ha sido bastamente justificada durante toda la jornada de estas audiencias publicas.
- Limita el número de licencias que puede tener un mismo dueño, para que no ocurra como en la actualidad donde un mismo permisionario tiene más de 300 licencias. Esta situación atenta contra la fuente de trabajo, la profesionalidad del trabajador y la democratización de la información pública.
- Protege y garantiza el trabajo local y nacional mediante el establecimiento de cuotas de pantalla, elevando el porcentaje de producción propia para las radios y la televisión.
- Reglamenta el tiempo de publicidad en los sistemas de TV paga.
- Crea la RADIO y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO.
- Respeta las incumbencias profesionales.
       
SUTEP considera necesario introducir modificaciones en la redacción de algunos artículos, detallados a continuación:

Artículo 3
Inciso f): Incluir un párrafo de manera tal que la redacción resulte: “La promoción a través de los artistas y profesionales, cuya actividad esté comprendida en la presente ley, de la expresión de la cultura nacional, del desarrollo educativo y social de la población”

Artículo  4.- Definiciones.
Este artículo omite definir a las Agencias de Publicidad obligadas a inscribirse en un Registro Público por el art. 51 del presente proyecto para la comercialización de espacios en los servicios de radiodifusión.

Proponemos incorporar las siguientes definiciones:
Libre deuda: Es el certificado emitido por parte de las asociaciones sindicales y/o que resguarden derechos intelectuales que acredita la inexistencia de deuda con la entidad que lo certifique.
Estructura dramática de ficción: Es un programa donde concurren artísticamente autores dramáticos, actores, músicos y extras realizado en exteriores o interiores reales o con decorados y que desarrollan una historia dentro de cualquier estética o forma.

Artículo  12. Misiones y funciones.
SUTEP propone incorporar un último inciso.: “Promover el trabajo decente y exigir los correspondientes certificados de libre deuda a las empresas de servicios de comunicación audiovisual”.

Artículo  23. Requisitos para obtener una licencia.
SUTEP propone incorporar un inciso: “Mantener el respeto por las incumbencias y encuadramientos profesionales de los trabajadores por actividad”.

Artículo  25.
SUTEP propone incorporar un inciso: “No ser deudor moroso de obligaciones fiscales, previsionales, sindicales, de seguridad social o de las entidades gestoras de derechos, ni ser deudor del gravamen y/o multas instituidas en la presente ley”.

Artículo  56.
SUTEP apoya la obligación que establece porcentaje de producción nacional, pero los considera insuficientes, ya que debería tratarse de un 70% de producción nacional conformada, con un 20% de noticieros o programas periodísticos locales y el 50% restante de producción propia local, dando como opción que de ese 50%, un 20% sea de producción local e independiente. Consideramos importante establecer estos porcentajes porque generaría trabajo a miles de periodistas, escritores, actores, extras y técnicos locales. Al generar trabajo en el lugar de origen fomentamos pluralidad de información. No le sirve de mucho al poblador del interior recibir imágenes televisivas e información radial de lo que sucede en la Capital Federal, ya que esta perdiendo la actualidad de su entorno al no acceder a voces ni a información de su lugar de origen.

Artículo  77.
Tiempo mínimo de transmisión.
SUTEP  adhiere a la propuesta de COSITMECOS:

RADIO

ÁREA PRIMARIA 600.000 o más HAB

24  HORAS

TV

ÁREA PRIMARIA 600.000 o más HAB:

18  HORAS

RADIO

ÁREA PRIMARIA entre 100.000 y 600.000 HAB:

18  HORAS

TV

ÁREA PRIMARIA entre 100.000 y 600.000 HAB:

16  HORAS

RADIO

ÁREA PRIMARIA entre 30.000 y 100.000 HAB:

18  HORAS

TV

ÁREA PRIMARIA entre 30.000 y 100.000 HAB:

14  HORAS

RADIO

ÁREA PRIMARIA entre 3.000 y 30.000 HAB:  

18  HORAS

TV

ÁREA PRIMARIA entre 3.000 y 30.000 HAB:  

12  HORAS

RADIO

ÁREA PRIMARIA menos de 3.000 HAB:

12  HORAS

TV

ÁREA PRIMARIA menos de 3.000 HAB:

12  HORAS

Los mínimos establecidos en el proyecto son demasiado exiguos con relación a los horarios de transmisión existentes en la actualidad.

Artículo  104.
SUTEP propone una modificación en el segundo párrafo: “Hasta tanto se adjudique la nueva licencia, la Autoridad de aplicación se hará cargo de la administración de la emisora y del resguardo de las fuentes de trabajo. Y si el concurso fuese declarado desierto, la autoridad de aplicación evaluara la posibilidad de otorgar al Estado Nacional, dicha licencia si no hubiera otra del mismo estado en el ámbito territorial. De no ser factible, la emisora deberá cesar sus emisiones”.

Políticas Públicas
Preservación del Patrimonio Cultural
Los titulares de licencias, servicios y autorizaciones de origen nacional deberán remitir mensualmente una copia en formato compatible a la Autoridad de Aplicación con el objeto de colectar contenidos de alto valor o relevancia artística, histórica o documental que respondieran a los requerimientos de afectación causados y podrán ser imputados al gravamen previsto en la presente.

Con el fin de preservar este patrimonio la Autoridad de Aplicación creará bajo su dependencia un Archivo Histórico Audiovisual, cuyas pautas y funcionamiento se establecerán cuando se reglamente la presente ley.

Si hay un sector que está sumamente interesado y comprometido en que cambie la Ley de la dictadura somos nosotros, estamos muy entusiasmados en se apruebe esta ley. Hace 25 años que la democracia está en deuda con esta materia y esa deuda, lamentablemente, ha permitido la concentración de medios, la creación de monopolios y esto tiene como consecuencia que hoy la información sea manejada por los grandes grupos económicos.

A los trabajadores del SUTEP no nos cabe ninguna duda de que esta ley será una ley superadora. Si el Poder Ejecutivo Nacional ha enviado este proyecto para que el Congreso lo debata y lo sancione, es para tener una mejor ley y hay que hacerlo y no demorar más su debate y tratamiento, ya que ha pasado mucho tiempo y es una deuda que tenemos como sociedad.

Entendemos que oponerse a este proyecto por una cuestión de tiempo es una actitud oportunista y mezquina por parte de la oposición que esta tratando de quedar simpática con los intereses que esta ley toca, que no son más que los grandes medios de comunicación concentrados en manos poderosas.

Buenos Aires, 10 de Septiembre de 2009.-